La Dirección General de Economía, Competitividad y Comercio de Castilla La Mancha ha aprobado la convocatoria para el ejercicio 2015 de las ayudas del Programa de Apoyo a la Innovación Empresarial en Castilla-La Mancha, dotadas con 3,4 millones de euros publicada según el DOCM de día 5 de junio de 2015.
Las ayudas del Programa de Innovación Empresarial tiene como objetivo la realización de proyectos que se encuadren dentro de las líneas de subvención siguientes:
a) Línea de Innovación Tecnológica.
b) Línea de Innovación de Procesos.
c) Línea de Servicios de Apoyo a la Innovación.
d) Línea de Servicios de Consultoría a las Pymes.
Los porcentajes de ayuda varían en función de la línea elegida:
A) Línea de Innovación Tecnológica:
– En el caso de proyectos de desarrollo experimental, el porcentaje de ayuda será del 45% para las microempresas y pequeñas empresas, y de un 35% para las medianas. Así mismo, estos porcentajes podrán incrementarse en un 15% si los beneficiarios asumen la obligación de difundir ampliamente los resultados del proyecto, a través de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso, programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
– En el caso de proyectos de estudios de viabilidad, el porcentaje de la ayuda será de un 70% de los costes subvencionables, para las microempresas y pequeñas empresas, y de un 60% para las medianas.
– En el caso de proyectos promovidos para la protección y defensa de los derechos de propiedad industrial, el porcentaje será de un 50% para todas las pymes.
B) En el resto de líneas, la ayuda será de un 50% de los costes subvencionables para todas las pymes.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, que realicen alguna actuación subvencionable de las contempladas en el Anexo I de la Orden de Bases Reguladoras.
Las actuaciones o proyectos subvencionables a través de este programa no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión de 3.000 euros, ni superar el límite máximo de 300.000 euros.
El plazo de ejecución de la actividad objeto de subvención, y de cumplimiento de las condiciones impuestas tendrá una duración máxima de 10 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.
En cuanto al plazo de presentación de solicitudes, será de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Desde GALAN CONSULTORES nos ponemos a su disposición para cualquier tipo de información o tramitación de dichas ayudas en info@galanconsultores.com
Juan Antonio Moreno
DPTO. FINANCIERO GALAN CONSULTORES