El Concurso Exprés, una vía acelerada para la liquidación de empresas

El texto actual de la Ley Concursal recoge en sus artículos una solución rápida para aquellas empresas avocadas a su liquidación y cierre como consecuencia de su manifiesta situación de insolvencia y su incapacidad para hacer frente a sus acreedores, cuando sus activos no alcanzan a dar respuesta a la demanda de sus deudores. Los expertos lo denominan comúnmente ‘Concurso Exprés’, recogido en la ley como ‘Concurso con conclusión por insuficiencia de la masa activa simultánea a la declaración del concurso”, y que en el Texto Refundido de la Ley Concursal se encuentra desarrollado entre los artículos 470 y 472.

Esta alternativa específica y concreta permite la extinción inmediata de la sociedad, sin liquidación de bienes, fundamentalmente porque la entidad carece de ellos y su situación de insolvencia es irrevocable, sin disponer de otras vías como nuevas fuentes de financiación, reestructuración o posibilidad de venta de la sociedad.  De esta manera, esta herramienta legal permite al empresario ejecutar la liquidación de la sociedad en un periodo de sólo unos meses, con el desarrollo de un proceso mucho más ágil y menos oneroso en su tramitación para el interesado.

Para llegar a esta solución es necesario que la sociedad reúna – tal y como se recoge en la Ley – una serie de condiciones básicas. Como punto de partida, la sociedad no tiene que tener actividad ninguna como también debe sumarse que sus activos carezcan de valor suficiente para reanudar su tarea o hacer frente a los gastos derivados de su procedimiento.

No obstante, en previsión de limitar daños a terceros también comprende que no existan contratos de trabajo en vigor en el momento de presentar la solicitud del Concurso Exprés y la condición que exige la norma es que no exista o no haya duda sobre posibles irregularidades que puedan derivar en responsabilidad concursal. Todo esto llevará a que la decisión judicial del órgano competente tenga una apertura y conclusión del cierre en un mismo auto judicial, siempre y cuando cada una  de las condiciones citadas anteriormente queden acreditadas.

En conclusión, el Concurso Exprés se constituye como una herramienta a tener en cuenta cuando la situación es clara y cuando el retorno a la actividad es imposible y la liquidación la única alternativa viable. Una decisión que siempre requiere, para minimizar errores costosos, el asesoramiento y la atención de expertos profesionales con experiencia en estos procedimientos tan específicos, como los que ofrece Galán&Asociados.  

TE PUEDE INTERESAR...

El Tribunal Supremo fija el criterio que debe seguir Hacienda en el cálculo de las sanciones

La Sentencia 1641/2023 de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo marca las reglas que la Agencia Tributaria debe utilizar para el cálculo de las sanciones. En concreto, la sentencia establece y argumenta que en aplicación del artículo 187.1.b) de la Ley General Tributaria, el cálculo debe determinarse en función de […]

Cómo evitar los despidos improcedentes: estableciendo periodos concretos de prueba

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha establecido en su sentencia 270/2023 del 12 de abril, los requisitos necesarios para acotar con claridad los efectos y la validez del denominado ‘periodo de prueba’, espacio de tiempo donde el trabajador recién contratado está en periodo de examinación sobre […]