El Consell suprime el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para el núcleo familiar

El Pleno del Consell ha aprobado el Anteproyecto de reforma de la Ley 13/1997 del tramo autonómico del IRPF y otros tributos, en cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que pasará a su tramitación parlamentaria en las Cortes Valencianas. La propuesta del Anteproyecto supone elevar las bonificaciones de las Sucesiones desde el actual 50% hasta el 99%, e introducir la misma bonificación para las Donaciones entre el núcleo familiar, lo que supone de facto la supresión para la mayoría de ciudadanos sometidos a este tributo. Otro de los elementos que incluye la decisión del Consell es la simplificación de las reducciones por parentesco en el caso de Donaciones, suprimiendo el requisito de límite de renta para poder acogerse a las reducciones, que se sitúa en un patrimonio de 600.000 euros y que con la futura aprobación del Anteproyecto supondrá su eliminación. Los efectos de estas modificaciones se podrán aplicar con carácter retroactivo desde el pasado 28 de mayo pasado, con una clara intención de que sus efectos sean inmediatos.

La bonificación del 99% se aplicará a la cuota tributaria en las adquisiciones mortis causa y a las percepciones como beneficiarios de seguros de vida en calidad de heredero.

Esta rebaja impositiva se aplicará a los parientes del causante pertenecientes a los grupos I y II del artículo 20 de la Ley estatal de este impuesto. Estos efectos también serán idénticos en el caso de adquisiciones por donaciones ‘inter vivos’ entre cónyuges, padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante, y también a los nietos y los abuelos.

En cuanto a las modificaciones de las reducciones por parentesco en las adquisiciones ‘inter vivos’ las mismas quedan fijadas en el caso de hijos o adoptados y nietos menores de 21 años, en 100.000 euros, más otros 8.000 euros adicionales por cada año inferior a los 21 años del beneficiario, sin que pueda exceder del máximo de 156.000 euros. En el caso de hijos o adoptados y nietos de 21 o más años, cónyuges, padres o adoptantes y abuelos, la reducción se queda en 100.000 euros. No obstante, en los casos en que la adquisición sea por uno de los citados familiares con discapacidad física o sensorial igual o superior al 33%, la reducción se ampliará hasta los 120.000 euros, llegando a 240.000 euros si el grado de discapacidad física o sensorial es igual o superior al 65%, o al 33% en el caso de discapacidad psíquica.  

El Gobierno valenciano señala, en el preámbulo del Anteproyecto, sobre la incidencia en las cuentas públicas que este Impuesto supone el 1% de los ingresos públicos en el presupuesto de la Generalitat, mientras que las cargas sobre las donaciones no alcanzan el 0,1% de los ingresos públicos.

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