

El Gobierno permite a las Comunidades Autónomas ampliar las ayudas directas por la Covid-19 a autónomos y empresas hasta el 30 de septiembre
El Consejo de Ministros del pasado 14 de septiembre aprobó la decisión de ampliar las coberturas de ayudas generadas por la crisis de la Covid-19 a autónomos y empresas hasta el 30 de septiembre, ampliándolo desde el inicial 30 de mayo en que estaba establecido. Esto supone que los profesionales afectados por la crisis, que ha supuesto reducción de la actividad y graves perjuicios económicos en muchos casos, ganen cuatro meses, aunque la demanda de los colectivos de autónomos venía reclamando su extensión hasta final de año.
Para su tramitación es importante contar con la información y la capacidad de gestión de estas ayudas que pueden suponer un importante balón de oxígeno a muchas empresas.
Esta ampliación de plazo, que entró en vigor el 16 de septiembre tras su publicación en el BOE, permite a las Comunidades Autónomas ampliar los paquetes de ayudas, pues es esta administración la encargada de su gestión. Este cambio es fruto de la modificación aprobada del Real-Decreto ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
Estas ayudas están pensadas para cubrir las necesidades de pago de los trabajadores autónomos y empresas sobre las deudas acumuladas y los costes fijos de su actividad – haya estado abierta o no – entre el periodo de marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021, tal y como se estableció en la decisión del Consejo de Ministros del 14 de septiembre.
La modificación incluye cuestiones de relevancia, como es la aclaración del concepto de costes fijos que sí incluye las pérdidas contables generadas durante el período de cobertura, es decir desde marzo hasta final de este mes de septiembre. Así, los autónomos y empresas podrán destinar las ayudas a satisfacer deudas y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos, incluidas las pérdidas contables, siempre que se hayan generado en el plazo establecido y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2021.
Esto significa que las Comunidades Autónomas pueda volver a convocar ayudas en las próximas semanas con el objetivo de sanear las cuentas del mayor número de empresas posibles golpeadas por la crisis y potenciar la recuperación económica del conjunto de la sociedad española. Esto supone prestar atención a nuevos anuncios por parte de la Generalitat Valenciana para adecuarse y poder acogerse a nuevas convocatorias.