Guía rápida sobre los tipos de despido laboral en España

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A modo de guía básica resumimos aquí los diferentes tipos de despido existente en la actualidad en España, los pasos básicos para el proceso de despido y las indemnizaciones que corresponde a cada uno de ellos.

Tipos de despido

  • Objetivo. Según regula el Estatuto del Trabajador (artículo 52) son aquellos que se producen como consecuencia de la situación de la empresa, bien por problemas internos o como consecuencia de circunstancias exteriores (crisis económica, cierre de mercados, obsolescencia del producto o servicio, pérdida de ventas, etc…).  Por ello, en la normativa se establecen cuatro causas diferentes: económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Disciplinario. Como su nombre indica, son los motivados por un comportamiento, actitud y respuesta inadecuada al puesto de trabajo que desempeña el empleado. En este caso, se regula por el artículo 54 del ET. Son múltiples las causas y casuísticas para su utilización. El principio fundamental para su aplicación es disponer de la capacidad de demostrar el hecho o falta que justifique ante las autoridades laborales y/o judiciales el despido. Entre las causas más comunes son la ausencia o retraso en el puesto de trabajo, la desobediencia en el empeño de las tareas, la deslealtad, las ofensas a compañeros, clientes, etc…, la pérdida de productividad o, en casos más graves, actitudes delictivas como el acoso, el hurto, robo, entre otros comportamientos. Asimismo, se debe atender a lo dispuesto en el convenio colectivo de aplicación a la hora de determinar los hechos constitutivos de despido, si no existiera convenio colectivo aplicable, se deberá acudir al Estatuto de los Trabajadores.
  • Colectivo. Se trata de los aplicados bajo la figura del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción. En cierta medida, es un subtipo del despido por causas objetivas, pero que tiene un impacto mayor en el conjunto de la plantilla. Es colectivo cuando afecta a 10 trabajadores de empresas con menos de 100 en plantilla; al 10% cuando la empresa tiene entre 100 y 300 empleados; y de 30 trabajadores, cuando la empresa dispone de más de 300 personas en nómina. Es el artículo 51 del ET quien regula este tipo de despido.

Pasos básicos para el despido

El procedimiento básico para un despido dentro de la norma debe contar con estos pasos.

  • 15 días de preaviso cuando se trata de un despido objetivo (no es necesario preaviso en el caso del despido disciplinario).
  • Comunicar por carta de despido, en la que se narra el motivo, las indemnizaciones y otras consideraciones al respecto. El empleado la pueda firmar o no.
  • Liquidación del finiquito, es decir, el pago que le corresponde como parte su nómina, las vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias, etc…
  • En los supuestos que corresponda, abonar la indemnización al trabajador. La indemnización por causas objetivas establece una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses.

Catalogación del despido

En caso de litigio por parte del trabajador que no acepta el despido, las autoridades judiciales pueden catalogar el despido de varias maneras, cada uno con consideraciones diferentes para la empresa.

  • Despido procedente: Es el que se considera que ha sido ejecutado por parte de la empresa de manera correcta y que ha cumplido con todos los requisitos que marca la norma vigente.
  • Despido improcedente: En este caso, el empresario no ha sido capaz de justificar las causas objetivas o de demostrar las causas y razones que le ha llevado a un despido disciplinario. También puede ser que, aun cumpliendo con lo anterior, no lo haya ejecutado con todos los requisitos formales anteriormente explicado. En este caso, la indemnización es de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades si está contratado antes del 11 de febrero de 2012 o de 33 días por año trabajado con límite de 24 mensualidades si es posterior.  Además, si se opta por la readmisión, el trabajador tiene derecho a los salarios no percibidos desde la fecha del despido considerado improcedente.
  • Despido Nulo: Son aquellos casos donde se han producido un despido por un motivo discriminatorio o se viola los derechos fundamentales y las libertades públicas. En este caso, el despido anulado obliga a incorporar al trabajador y abonarle los salarios no percibidos desde su despido.
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