

Hacienda comienza a exigir el uso de programas de contabilidad certificados por la Administración
El próximo 11 de octubre entrará en vigor parte del articulado, que se encontraba sometido a una moratoria, de la Ley 11/2021 de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude que pone fin al uso de los programas informativos de contabilidad que carecen de la certificación de Hacienda. La norma, que establece importantes sanciones, pretende poner coto a la contabilidad B y a la consiguiente evasión fiscal.
Los programas informáticos que permiten una doble contabilidad, los denominados software de doble uso, son aquellos sistemas con capacidad de generar de manera cruzada una serie de cobros y pagos, con sus correspondientes soportes contables, que permite a las empresas esconder sus ingresos reales y, por consiguiente, lograr evadir los impuestos que le correspondería. Son herramientas informáticas bien desarrolladas puesto que disponen de capacidad de cuadrar, stock, producción y ventas para intentar engañar los controles de Hacienda.
A partir de este 11 de octubre, la Administración da una vuelta de tuerca más a la política de control del fraude, su prevención y persecución y prohíbe estos programas informáticos. Así pues, la Ley se dirige a los fabricantes, productores y comercializadores de programas informáticos de contabilidad y gestión, y por supuesto a los usuarios.
Desde octubre, el software utilizado debe asegurar y garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros y para ello será necesario que el programa utilizado cuente con la certificación expresa de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT)
El régimen de sanciones es muy claro. Quien programe herramientas con estas finalidades de generar caja B en las empresas o negocios, tendrá que responder a multas de hasta 150.000 euros. El usuario que disponga de ella – aunque no la use – responderá ante la Administración con multa de 1.000 euros. Si, además, las autoridades fiscales demuestran su uso, la sanción se eleva a los 50.000 euros.
Esta situación obliga a muchas pymes y micropymes a actualizar su programa de gestión de contabilidad, asegurándose de disponer de la certificación de la AEAT, y hacerlo en tiempo récord. El Gobierno dio tres meses de moratoria antes de su entrada en vigor. Apenas queda pocos días para ponerse al día, un esfuerzo para aquellas empresas que deben cambiar su programa de gestión, sus rutinas e invertir en nuevos softwares que esté avalado por la administración.
En este sentido, no podemos olvidarnos que es de vital importancia disponer de un software actualizado con un correcto método de licenciamiento. En caso de no ser así y no disponer de una licencia valida, las multas por software “piratas” podría alcanzar una cuantía de hasta 280.000 euros o incurrir en responsabilidad penal para los administradores de las sociedades.