La importancia de la fecha de prescripción del hecho en un despido disciplinario

Compartir

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dado la razón a un trabajador que fue despedido por su empresa por razones disciplinarias, porque la decisión de suspender la relación contractual no se tomó hasta que los hechos imputados al empleado hubieron prescrito. Esta es la decisión del alto tribunal catalán a pesar de que las causas de despido fueron justificación suficiente para proceder al mismo.

El fallo del tribunal entiende que había razones para el despido, pero considera que la decisión se toma a destiempo, justo cuanto las acciones del trabajador habían superado el plazo que establece el Estatuto de los Trabajadores y que, por lo tanto, sus acciones habían prescrito.

La empresa alegó en su despido que el trabajador, que realizaba tareas de comercial, no cumplía las exigencias y normas establecidas por la empresa, pues no entregaba los reportes de actividad semanal, no alcanzaba objetivos de ventas, falseaba los partes de trabajo y no asistía a las reuniones de coordinación.

Pero el Tribunal considera que, al tratarse de una falta continuada, la empresa no ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 60 del Estatuto de los Trabajadores. En su punto dos establece que “respecto a los trabajadores, las faltas leves prescribirán a los diez días; las graves, a los veinte días, y las muy graves, a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido”. Un periodo que se inicia cuando la empresa y los órganos con competencia tengan conocimiento de los hechos sancionables.

Sin embargo, en los hechos probados se certifica que la empresa tuvo conocimiento del comportamiento del trabajador, sin que actuara en consecuencia, llegando a entenderse que “fueron toleradas por la empresa hasta que decidió sancionar al trabajador”. Siendo así, el despido fue notificado ya se había superado los 60 días que establece el Estatuto del Trabajador obligando a catalogarlo como improcedente. En este sentido, la sentencia entiende que hubo una pluralidad de faltas repetidas que no tuvieron sanción ninguna a pesar de que fueron repetidas a lo largo de muchos meses.  

Por ello, el TSJ de Cataluña, declara el despido como improcedente, condenando a la empresa a optar entre readmitir al trabajador abonando los salarios de tramitación o extinguir definitivamente el contrato de trabajo con una indemnización que asciende a más de 15.000 euros.

Scroll al inicio

    Adjunta tu Currículum Vitae:


    Protección de datos
    Al enviarnos tus datos, declaras que eres titular de los mismos y que los datos contenidos en tu CV son ciertos. En algunos casos podremos requerirte documentación para comprobarlo.

    Legitimación: La base legal es tu consentimiento inequívoco, al facilitarnos tu CV.

    Responsable: El responsable de tratamiento es Galán & Asociados Consultores SL, Avda. Maisonnave 18 2º, 03003 Alicante.
    Finalidad: Utilizaremos los datos que nos facilitas para la organización de procesos de selección para la contratación de empleados y para citarte para entrevistas de trabajo y evaluar tu candidatura.

    Destinatarios:Tus datos no se cederán a terceros, salvo obligación legal. Si nos aportas datos de terceros, deberás con carácter previo, informar y solicitar su consentimiento a dichas personas, o de lo contrario nos eximes de cualquier responsabilidad por el incumplimiento de éste requisito.

    Derechos: Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas. Para ello deberás remitir una solicitud escrita junto a copia de documento oficial que le identifique. También tienes derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

    Acepto las condiciones de uso y política de privacidad

    Suscríbete a nuestra newsletter

    Resumen de privacidad

    Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.