
El Consejo de Ministros, reunido de manera extraordinaria el pasado jueves, ha aprobado la prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre de 2021, tras el acuerdo entre el Gobierno, las organizaciones empresariales de CEOE y CEPYME y los sindicatos CCOO y UGT.
Dentro de este acuerdo se prorroga el resto de medidas tomadas al inicio de la pandemia en materia de exoneraciones de las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas, las medidas de protección de las personas en situación de desempleo, así como el resto de soluciones para la salvaguarda del mayor número de puestos de trabajo.
El acuerdo supone diferenciar entre los sectores ultraprotegidos, los especialmente afectados por la crisis, y los sectores afectados por la limitación de su actividad. En ambos casos, se establece una diferenciación entre trabajadores activos e inactivos con mayores exoneraciones para los casos de los trabajadores que se reincorpore a la actividad.
En los casos de sectores ultraprotegidos, la exoneración de las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores que se incorporen a la actividad alcanzará el 95% para las empresas con menos de 50 trabajadores; y del 85% para los que tienen 50 o más empleados durante el periodo entre junio a septiembre.
Los niveles de exoneración serán menores, dentro de la política del Gobierno de incentivar la incorporación de los trabajadores a su actividad, cuando la empresa mantenga a su plantilla inactiva. De este modo, cuando se mantenga a los trabajadores suspendidos, habrá una exoneración del 85% entre junio y agosto; y del 70% en septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadoras. En el caso de contar con 50 trabajadores o más, las exoneraciones serán del 75% hasta agosto y del 60% durante el mes de septiembre.
Por limitación de actividad
También se crea un nuevo esquema de exoneraciones para las empresas que sufran una limitación de la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas a raíz de hipotéticos rebrotes de la pandemia. En estos casos, las exoneraciones serán del 85% durante junio y julio, y del 75% en agosto y septiembre, siempre y cuando la empresa tenga en plantilla menos de 50 trabajadores. Cuando superen este número de empleados, la exención será del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre.
Además, se establece una salvaguardia para el futuro en el caso en el que se vuelvan a establecer medidas que impidan la actividad de la empresa. En estos casos, se podrá solicitar un ERTE por impedimento que supondrá una exoneración a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 30 de septiembre 2021 del 100% si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.
El Consejo de Ministros también ha ampliado la protección a los trabajadores autónomos que han sufrido limitaciones a su actividad en los anteriores meses. En estos casos, se les aplicará unas exoneraciones a las cuotas de manera decreciente desde junio hasta septiembre. Durante el mes de junio será del 90%, en julio del 75%, en agosto del 50% y en septiembre del 25%.