
Aún a expensas del resultado final de las negociaciones entre el Reino Unido y la Unión Europea, que están resultando bastante complicadas, lo que en este momento ya queda claro para las empresas es que la inminente salida a partir del 1 de enero de 2021 de los británicos del área comunitaria tendrá muchos efectos en la relación comercial entre ambos lados del Canal de la Mancha.
Entre los cambios en la manera de operar de las empresas que realizan transacciones comerciales con el Reino Unido, habrá varios con incidencia en el ámbito tributario.
La primera modificación será que las compras o adquisiciones de bienes procedentes del Reino Unido pasarán a tener la consideración de importación de bienes, liquidándose el IVA correspondiente en Aduanas, así como los aranceles que correspondan en función del tipo de mercancía.
El plazo para el ingreso de dicho IVA se puede diferir al momento de la presentación de la autoliquidación del impuesto (Modelo 303), pero para ello habrá que optar específicamente por dicho régimen de IVA diferido durante el mes de noviembre anterior al año en que se vaya a aplicar, y tener además la obligación de liquidar el IVA con carácter mensual.
Cabe recordar que dicha liquidación mensual es obligatoria para ciertas empresas (grandes empresas o grupos de entidades a efectos de IVA), y opcional para aquellas que se incluyan en el registro REDEME (Régimen de Devolución Mensual), opción que ha de ejercerse igualmente durante el mes de noviembre anterior al año en que vaya a surtir efectos. Y, en cualquier caso, conllevará otra serie de obligaciones como la llevanza y presentación electrónica de libros registros.
Por otra parte, para aquellas empresas que envíen mercancías a Reino Unido, dichas operaciones tendrán el carácter de exportación, exentas de IVA, siempre y cuando cumplan los requisitos y cuenten con la documentación exigida para ello.
En todo caso, para estas operaciones si convendrá tramitar la obtención de un número EORI (registro de operadores económicos), que sea reconocido a efectos aduaneros para operar con el Reino Unido.
Por lo tanto, cualquier empresa que comercialice con el Reino Unido debe de adaptarse a la nueva situación, y todavía estar muy atenta a otros cambios que la Unión Europea pueda concretar con el país británico, a tan sólo unas semanas del Brexit.