Medidas de contratación agrícola, acuerdos de moratoria de créditos y medidas fiscales para empresas y autónomos en el Consejo de Ministros del 26 de mayo

El Consejo de Ministros del 26 de mayo ha establecido mediante el Real Decreto ley 19/2020 las nuevas condiciones que afecta al sector agropecuario y a su régimen de contratación de personal, a las moratorias de créditos y préstamos bancarios, así como medidas fiscales para PYMES y autónomos. Galán&Asociados os ofrece un resumen de los más significativo de la última de decisión del Consejo de Ministros:

Sector agrario

Se prorroga hasta el 30 de septiembre la vigencia de las medidas de flexibilización del empleo agrario que tenía como objetivo facilitar la contratación de trabajadores para el sector primario ante las dificultades de encontrar mano de obra en el sector y el riesgo de generar desabastecimiento que fueron incorporadas en el  Real Decreto-ley 13/2020 de 7 de abril.

Esta decisión permitió poder contratar en actividades agrícolas y ganaderas a trabajadores que se encontraba en desempleo o, incluso, por cese de actividad; trabajadores con contratos suspendidos temporalmente como consecuencia de la pandemia y su regulación de los ERTEs;  extranjeros cuyos permisos de trabajo hubieran caducado en pleno Estado de Alarma y jóvenes de terceros países en situación regular de entre 18 a 21 años. Además, se establecía que esta contratación era compatible con la prestación de otras prestaciones laborales de la propia Administración.

Además, se establece para los trabajadores extranjeros que hayan sido contratos en estas circunstancias  la posibilidad de solicitar una autorización de residencia y trabajo por un periodo de dos años, prorrogables otros dos, cuya solicitud será admitida por silencio administrativo.

Moratoria de créditos

El Real Decreto ley 19/2020 acota la capacidad entre el deudor y la entidad financiera para acordar moratorias de toda clase de préstamos, créditos y arrendamientos financieros y podrá consistir en:

  • La redistribución de las cuotas sin modificación del plazo de vencimiento.
  • La ampliación del plazo de vencimiento en un número de meses equivalente a la duración de la moratoria.

En ningún caso, se podrá modificar el tipo de interés inicialmente acordado con la suscripción del préstamo o crédito, cobrar gastos o comisiones extraordinarias, obligar a la contratación de otros servicios, o establecer otras garantías adicionales, personales o reales, que no constasen en el contrato original.

Medidas tributarias

En materia tributaria, se han aprobado en el consejo de ministros las siguientes medidas tributarias.

  • Se aumenta de tres a cuatro meses el período sin intereses en los aplazamientos que pymes y autónomos pueden solicitar (o ya han solicitado) del pago de sus obligaciones tributarias. Es decir, sobre los aplazamientos a seis meses, los primeros cuatro meses no devengarán intereses de demora.
  • Respecto al plazo de tres meses para la formulación de cuentas anuales de 2019, que había quedado suspendido por razón hasta que finalizara el estado de alarma, se establece que comenzará a contarse desde el 1 de junio.
  • Como consecuencia de lo anterior, es posible que en el plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades las Cuentas Anuales del ejercicio no estén formuladas/aprobadas. Por ello, se faculta a los contribuyentes que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales con anterioridad a la finalización de dicho plazo para que presenten la declaración del Impuesto con las cuentas anuales disponibles a ese momento. Posteriormente, cuando las cuentas sean aprobadas, se presentaría una segunda declaración que, en caso de resultar una cantidad a ingresar superior o una cantidad a devolver inferior a la primera, sería complementaria pero no generaría recargos por extemporaneidad.

TE PUEDE INTERESAR...

La importancia de la fecha de prescripción del hecho en un despido disciplinario

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dado la razón a un trabajador que fue despedido por su empresa por razones disciplinarias, porque la decisión de suspender la relación contractual no se tomó hasta que los hechos imputados al empleado hubieron prescrito. Esta es […]

Sin Plan de Igualdad no hay bonificación a la contratación

Desde el pasado 1 de septiembre están en vigor los efectos del artículo 8 del Real Decreto Ley 1/2023 de 10 de enero de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas. Este establece la obligatoriedad de disponer […]