11 de septiembre 2014
Durante el mes de julio, publicamos dos artículos relativos a las propuestas de reforma fiscal planteadas por el Gobierno coincidiendo con la aprobación de los distintos Anteproyectos de Ley sobre IRPF, IS, IVA y Ley General Tributaria (LGT).
El pasado 1 de agosto el Consejo de Ministro aprobó tres Proyectos de Ley (IRPF, IS e IVA), quedando pendiente el de la LGT, que se remitieron a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.
A raíz de los citados Proyectos de Ley, queremos aprovechar el presente artículo para destacar los principales cambios introducidos respecto de los Anteproyectos anteriores y en relación con los dos artículos publicados sobre IRPF e IS.
Respecto del IRPF hay que destacar:
– Se incrementa el límite exento de las indemnizaciones por despido hasta los 180.000 euros totales. Esta modificación produce efectos desde el 1 de agosto de 2014.
– Se vuelven a mejorar algunos de los mínimos por circunstancias personales y familiares del contribuyente.
– La reducción por arrendamiento de vivienda se acaba manteniendo en el 60% actual.
– Se añade una nueva exención sobre las ganancias patrimoniales, con el límite de 240.000 euros, en la
transmisión de elementos patrimoniales (muebles o inmuebles) por contribuyentes mayores de 65 años, siempre y cuando reinviertan el importe obtenido en la constitución de rentas vitalicias que complementen la pensión de jubilación, en el plazo de 6 meses desde la transmisión.
– Se establece un nuevo supuesto de disposición anticipada de los planes de pensiones consistente en tener las aportaciones al mismo una antigüedad mayor de 10 años. Inicialmente, los derechos consolidados existentes a 31 de diciembre de 2014 podrán hacerse líquidos a partir del 1 de enero de 2025.
En relación con el Impuesto sobre Sociedades (IS) cabe señalar:
– Se realiza en el Proyecto de Ley alguna mejora en la aplicación del incentivo de la reserva de capitalización, y se incrementa algo más el importe abonable de la deducción por I+D respecto de lo establecido en el Anteproyecto de Ley.
– Se establecen nuevos incentivos para las actividades culturales. Así, se introduce una deducción para el apoyo de los espectáculos teatrales y musicales.
– Finalmente, se mantienen los incentivos fiscales aplicables a los acontecimientos de excepcional interés público.
Manuel Murcia Cayuelas
Dpto. Fiscal GALAN CONSULTORES