Daños colaterales avales ICO
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Riesgos colaterales de los nuevos avales ICO

El terremoto Arancelario procedente de EEUU y el cambio de lo que conocíamos como globalización, o al menos su posibilidad, está removiendo en las últimas semanas todas las estructuras conocidas. Además, los cambios anunciados son aplicados y desaplicados en un breve espacio de tiempo. Lo que añade a la economía uno de sus peores ingredientes, la incertidumbre. Todos sabemos que estamos, económicamente hablando, ante una situación volcánica. Lo cual tendrá consecuencias en la economía mundial, en los consumidores y las empresas españolas. Bien directa o indirectamente, incluso para aquellas que no tengan exposición directa al mercado norteamericano. Plan de Respuesta y Relanzamiento Comercial Ante esta inédita situación, el Gobierno de España acostumbra a establecer medidas anti-shock como vimos durante la crisis de la COVID-19 y la guerra de Ucrania. Anunció hace unos días el desarrollo de medidas denominadas pomposamente como Plan de Respuesta y Relanzamiento Comercial, con mecanismos muy similares a los utilizados en las situaciones anteriores. Se trata de un anuncio de intencionalidad política y sin concreción, pero que el BOE acaba de materializar, al menos inicialmente, a través del RD Ley 4/2025, de 8 de abril. Desde un punto de vista pragmático, este paquete inicial de ayudas o escudo empresarial  publicado no contempla ayudas directas. Sino que únicamente incorpora medidas para favorecer la financiación de las empresas con varios instrumentos. Como lo son reforzar en 720 millones el FIEM (Fondo para la Internacionalización de la Empresa) y aumentar el sistema CARI (sistema de seguro de tipo de interés) para apoyar las exportaciones españolas en 2.000 millones O la que quizás es la medida estrella, la concesión de avales oficiales al crédito por un importe máximo de 5.000 millones hasta el 30 de junio de 2026. Es decir, facilitar la concesión de financiación que se tienen que devolver, aunque con condiciones beneficiosas para los empresarios en palabras del Ministro de Economía Carlos Cuerpo. Condiciones que no se detallan todavía y que se emplazan a ser detalladas por Acuerdo de Consejo de Ministros. Avales ICO Esta medida nos remite a lo vivido durante los famosos avales ICO proporcionados por el Instituto de Crédito Oficial de pandemia. Es ahí donde queremos poner el foco, siempre entendiendo que todo lo que estamos viviendo es muy cambiante, por lo que resulta imposible adoptar medidas que tengan una base de análisis estable y sólida. Frente a la actual situación, la visión de cualquier empresario es estar abierto a adoptar medidas de protección y defensa. Por lo que, si se pone a disposición financiación “blanda”, lo lógico es acogerse a ella. Pero se tiene que ser consciente de que toda ayuda o apoyo del Estado tiene sus condiciones y letra pequeña. En el caso del sistema de avales, la experiencia de los ICO Covid nos lleva a recomendar el exhaustivo análisis del clausulado de las garantías a firmar. En su día muchos empresarios recurrieron a esta financiación avalada, pensando que el Estado avalaba el 80% del préstamo si la empresa no podía devolverlo. Cuando en realidad, el Estado únicamente avalaba a la entidad financiera que otorgó el préstamo. Lo que dejó el patrimonio personal de miles de pequeños y medianos empresarios respondiendo del 100% de la deuda que su empresa no había podido devolver. Convirtiendo este sistema -en principio bondadoso- en una trampa para el empresariado con importantes implicaciones también por la rigidez en el tratamiento de deudas con aval ICO-Covid ante futuras renegociaciones que incluyen incluso para muchos casos el obtener la opinión positiva de la AEAT para obtener el voto por parte del aval del Estado. Este efecto no esperado para las empresas o daños colaterales, y según están confirmando las distintas sentencias de los tribunales en respuesta a la judicialización del asunto, se basa en que la finalidad del instrumento del aval otorgado por el ICO no era sustituir la responsabilidad de los fiadores que intervinieran en las operaciones de financiación avaladas por el instituto oficial, sino sencillamente, facilitar a las empresas afectadas por la situación el acceso al crédito. En consecuencia, el sistema de avales oficiales diseñado, no sirve para el objetivo defensivo ante la situación de mercado que buscaba el empresario, que no era otro que conseguir a una financiación “atractiva” con un riego limitado. Sino que era un instrumento para hacer llegar el crédito a la economía. Para el actual sistema publicado nos encontramos a la espera del Acuerdo del Consejo de Ministros, y por tanto, no se dispone todavía de los detalles y desarrollo de los nuevos avales ICO.  Desde Galán Asociados invitamos a analizarlos con lupa tan pronto sean publicados, para que no se conviertan en una trampa y sirvan para la misión defensiva ante un entorno geopolítico inédito y altamente volátil.