Cambio de doctrina del Tribunal Supremo
El cambio de doctrina del Tribunal Supremo pasa por aplicar audiencia previa al despido disciplinario. La sentencia del Tribunal Supremo de fecha 18 de noviembre de 2024 dictada en recurso de casación para la unificación de doctrina (recurso 4735/2023) supone un cambio de doctrina. La nueva forma de actuar se aplicará a las extinciones posteriores a la publicación de la sentencia. Consiste en abrir trámite de audiencia previa al despido disciplinario de la persona trabajadora, garantizando así la posibilidad de defenderse de los cargos sobre su conducta o trabajo, sin exigencia (por ahora) de formalidad alguna. El propósito de la audiencia previa no es otro que introducir una medida de equidad a fin de que la persona trabajadora sea escuchada antes de que el empleador pueda adoptar una decisión definitiva e irrevocable que sin ese conocimiento quizás no hubiera tomado. La consecuencia del incumplimiento de dicho trámite de audiencia previa se verá reflejado en la calificación del despido disciplinario. En principio será calificado de improcedente pese a que la sentencia no lo determina de forma explícita. En este caso, el empleador deberá justificar razonablemente que no era posible o no tenía que conceder esta oportunidad a la persona trabajadora. Si bien es cierto, estas situaciones serán analizadas caso por caso. En conclusión, esta sentencia supone un cambio en la doctrina del Tribunal Supremo que fija la necesidad de existencia de audiencia previa a un despido disciplinario al ser de aplicación directa el artículo 7 de la OIT. El objeto del cambio es incrementar la protección de las personas trabajadoras, complicando la aplicación de la potestad disciplinaria empresarial.



